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La iniciativa volvió del recinto a comisiones semanas atrás. Serían incorporadas algunas observaciones realizadas por el titular de la Cámara Federal de Casación Penal, Mariano Borinsky
País31/07/2024La comisión de Justicia y Asuntos Penales del Senado, que comanda el legislador libertario Juan Carlos Pagotto, intentará dictaminar este jueves el proyecto, en medio de la actualidad del caso Loan -el menor que desapareció en Corrientes-, que impone “prisión de cuatro (4) a diez (10) años al que reciba y a quien entregue un niño o niña, haya mediado o no precio, promesa de retribución o cualquier otro tipo de contraprestación”.
En realidad, esta iniciativa, empujada por la radical Carolina Losada -también hay un texto presentado por el kirchnerista Antonio Rodas-, fue despachada y llevada al recinto a inicios del corriente mes. Incluso, se aprobó en general. No obstante, un severo error de Pagotto sembró dudas sobre el tema y el texto fue devuelto a comisión para reiniciar su tratamiento.
Tras lo ocurrido, se invitaron a expositores para mejorar el proyecto en cuestión. Uno de ellos fue el titular de la Cámara Federal de Casación Penal, Mariano Borinsky, actual vicepresidente de la comisión que redacta e impulsa el nuevo Código Penal, quien sugirió cambios clave.“Todo lo que tenga que ver con la compraventa de niños, que son delitos de extrema gravedad, deben estar tipificados y de forma autónoma, con una categoría independiente”, enfatizó el magistrado federal, con el fin de “lograr la inserción de argentina en el mundo, con previsibilidad y seguridad jurídica”.
Luego, Borinsky mencionó observaciones para mejorar el texto de la ley. El más importante fue, con el fin de dejar en claro la conducta ilícita, que seguido a la palabra “entregar” se incorpore “ilegítimamente”.
Otro punto trascendental mencionado por el juez apuntó a aclarar la promesa de lucro. En esa línea, explicó: “Ambas conductas deben ser delictivas y no con la misma escala. Es más grave por precio”. Como solución propuso, en vez de subir los mínimos y máximos, otorgar el tercio superior de la escala penal cuando se trate de lucro.
Borinsky direccionó la lupa también a que “de acuerdo a los principios del Derecho Penal, no pueden estar en la una escala diferente los facilitadores de los autores”. Y advirtió: “Es una cuestión de política criminal, pero el facilitador no deja de ser cooperador con el autor y nos quedaría en una categoría más agravada que la conducta punible”.
Fuente: Infobae
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