
"Terrorismo psicológico": la denuncia de Fabiola Yáñez contra Alberto Fernández por violencia de género
Sociedad07/08/2024
Se conocieron los primeros detalles de la presentación que realizó este martes la ex primera dama Fabiola Yáñez contra Alberto Fernández por violencia de género.
En su testimonio, Yáñez acusó al exmandatario de acosarla "a diario" por teléfono y "amedrentándola psicológicamente". En ese sentido, le dijo al juez federal Julián Ercolini que fue víctima de "terrorismo psicológico" por parte del exmandatario.
"Ante ello, fue interrogada acerca de si, en esta oportunidad, deseaba instar la acción penal, a lo que la compareciente manifestó expresamente que, a raíz de lo ocurrido, sí deseaba hacerlo", sostuvo el acta.
Por tal motivo, el juez le impuso a Fernández que cese “en los actos de perturbación o intimidación que, directa o indirectamente, realice hacia Fabiola Yañez tanto en el espacio analógico como el digital”.
Yáñez también expresó preocupación por la custodia policial que tiene asignada ya que, según dijo en su testimonio, pertenece a una "persona de confianza" de Fernández.
"Solicitó al juzgado que se dispongan medidas de protección en su favor que incluyan la prohibición de acercamiento de su presunto agresor tanto personal como por medios electrónicos", señaló el magistrado.
"En este sentido, los graves hechos denunciados por la damnificada, sumado al contacto amenazante que ha expresado que ocurrió actualmente, brindan un escenario de riesgo que debe ser mitigado por medio de los mecanismos que la norma procesal brinda", dice el acta.
Tras la denuncia, Ercolini ordenó que el expresidente no puede salir del país y "medidas de restricción y protección" para que Alberto Fernández no se comunique a los dispositivos móviles de su expareja.
Sumado a eso, el juez solicitó al Ministerio de Seguridad de la Nación que arbitre “los medios necesarios para reforzar la custodia dispuesta” para Yañez, "brindando a este juzgado toda la información que posea respecto de cómo se encuentra desempeñando dicha función actualmente".
Además, impuso una prohibición de acercamiento a una distancia de "500 metros" del domicilio de ella en Madrid, al igual que en los lugares donde la denunciante "desempeñe actividades laborales, educativas, recreativas o de asidua concurrencia".
De esta forma, la restricción es "absoluta" a través de cualquier vía; medida que rige "hasta tanto dure la tramitación de la presente causa y/o se disponga lo contrario".
Fuente: MDZOL

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